Ya no es tema de cuánto va a durar la sequía por el calentamiento global en Chile, sino más bien todos los expertos coinciden que el déficit en lluvias y el aumento de la temperatura llegó para quedarse. Se ve una de las primeras consecuencias a causa del cambio climático y urge una legislación que deje de mirar este fenómeno como una emergencia y lo aborde desde un punto de vista a largo plazo. El agua estará cada vez más escasa. Conoce la actual regulación y cómo se gestionan las aguas en Chile.
Gran parte de Chile vive un déficit de lluvias constantes desde el año 2010. En algunas localidades la falta de precipitaciones supera el 70%, más del 80% de las estaciones meteorológicas reportan menos caída de agua y la mitad pasa por una situación de sequía sin precedentes. El 2021 es el quinto más seco, el primero es al 2019 desde que existen registros.
En paralelo, los termómetros van en aumento. Desde 1961 a 2019 la temperatura ha subido en 0.14 grados Celsius cada década. En la última, hubo 7 años dentro de los 10 más cálidos de nuestra historia, con 2016 primero y 2020 segundo del ránking. La ONU aseguró que existe un 50% de que en 2027 lleguemos a un calentamiento climático del 1,5º a nivel mundial.
“El problema del cambio climático ha sido fundamental en esta actual sequía. Impacta sobre la disminución de precipitaciones, desde la región de Atacama hasta la región de Los Lagos. 10 años consecutivos con sequía o con déficit de precipitación. Otra cosa que impacta del cambio climático, que todavía no se ha evaluado de forma más aguda, es justamente el aumento de temperaturas, ya que la poca agua que cae, hay una mayor eficiencia en la evapotranspiración, por lo tanto, también produce un déficit de precipitación, en ese sentido”. cuenta Claudia Villaroel, jefa de la Oficina de Cambio Climático de la Dirección Meteorológica. Nuestros lagos, embalses y cultivos se están evaporando.
“Chile estaba acostumbrado a sacar agua de los ríos con cierta facilidad, empieza a disminuir el agua de los ríos, empezamos a volcarnos al agua subterránea. Tú haces un pozo, inicialmente, encuentras a poca profundidad agua, pero lo que estamos viendo es que, con la sequía, los ríos tienen muy poca agua. Ese pozo que tú encontrabas agua a 10 metros, ahora tienes que encontrar a 50, 70, 100 y hasta 1 kilómetro. Entonces, efectivamente, lo que era fácil de acceder, ahora es cada vez más difícil”, relata Óscar Cristi, ex director de la Dirección General de Aguas durante el segundo gobierno de Piñera.
Éste es el único órgano del Estado encargado de velar por el recurso del agua y dentro de sus funciones está, principalmente, la planificación y gestión de ríos y acuíferos; medir la cantidad de agua y su calidad; fiscalizar la extracción ilegal de aguas; y la entrega de derechos de aprovechamiento de aguas y su regulación. Depende del Ministerio de Obras Públicas.
Cuando se habla de calentamiento global o cambio climático, se refiere al aumento sostenido de temperaturas en el planeta provocado por las actividades humanas. Esto ocurre, porque los escapes de los autos, las chimeneas de las industrias, la calefacción a leña y todo tipo de humo y gases tóxicos se han concentrado sobre nosotros provocando una capa que no deja salir a parte de la energía que viene del sol, la que queda atrapada en esta capa de humo. A mayor cantidad de humo, más grande es la capa y mayor la energía atrapada. A esto se llama el efecto invernadero. Aumenta el calor y bajan las lluvias.
Según el Ministerio de Medio Ambiente, Chile es un país altamente vulnerable al cambio climático y la actual sequía de más de 10 años, una de las primeras muestras concretas de esto. Un dato no menor, si se considera que es un país pequeño, que no influye en comparación a las potencias.
“No vemos que el futuro sea mejor, sino que, al contrario, a futuro las cosas, pareciera, que van a ser peores, por lo menos, en el mediano plazo. Nosotros hemos tenido disminuciones muy significativas en la cantidad de agua. Los escenarios de cambio climático muestran que Chile va a seguir empeorando y va a ser uno de los países que más va a empeorar. Además, muy concentrado en la zona donde hay mayor población y donde se desarrolla la mayor parte de la actividad productiva” asegura el ex director de la DGA.
“Esta señal de cambio climático está afectando con un mayor peso que la variabilidad natural por eventos climatológicos como el fenómeno del niño o la niña. Lamentablemente, el cambio climático es producido por las acciones humanas y el tema no es tan fácil, porque no podemos combatir el cambio climático a corto plazo”, asegura Claudia Villaroel de la Dirección Meteorológica.
La sequía actual demuestra una tendencia más que un episodio en particular, como lo fueron los de 1925, 1968 y 1989 provocados por fenómenos climáticos específicos y que no tenían una duración tan extensa. A través de los árboles, las reconstrucciones climáticas dan muestra que tampoco en el último milenio se observan las actuales condiciones.
Todos apuntan a que la falta de agua se mantendrá a futuro y, actualmente, un 25% de este déficit es atribuible al calentamiento global por la actividad humana, según el Centro de Ciencias del Clima y la Resiliencia de la Universidad de Chile. De toda la contaminación en el planeta, nosotros aportamos 0,25%. Es decir, es poco lo que influimos.
La regulación en términos de sequía consiste en que la Dirección General de Aguas decrete escasez en un lugar y pueda tomar medidas extraordinarias, que están en el Código de Aguas, con el fin de mantener el consumo humano. En diciembre de 2021, 184 comunas estaban bajo este decreto, donde habitan casi 8 millones de personas.
“Lo que básicamente se hace es ver cómo se puede redistribuir el agua priorizando el consumo humano. Gracias a esta atribución hemos logrado que, en el año de la mayor sequía de la historia, ninguna ciudad del país haya tenido que enfrentar una situación de razonamiento de agua. Esto hay que matizarlo con la realidad rural, ellos sí que han estado más gravemente afectados» relata Cristi.
«Hay una parte del sector rural que no ha avanzado en los sistemas de conexión y que siguen abasteciéndose de pozos, por ejemplo, y cuando viene una sequía todas esas fuentes caen y el Estado, lo que ha tenido que hacer es despegar una cantidad enorme de recursos, para poder entregar agua a esas personas, a través de camiones aljibe”. complementa.
Daniela Rivera, directora del Centro de Derecho y Gestión de Aguas UC, asegura que se hace necesario cambiar el foco con respecto a cómo se mira la sequía. “Hay que revisar con bastante atención el régimen jurídico hoy día existente en materia de sequía, que es muy pobre y que es muy, muy escueto, y que tiene un enfoque netamente reactivo», asegura.
«La sequía hoy día en Chile, desde el punto de vista jurídico, está contemplada como una situación excepcional, como una emergencia a la que hay que responder. Respuestas rápidas, que no necesariamente atacan el fondo del asunto, sino que tienen por objeto más bien, minimizar los efectos perjudiciales de la situación, pero no hacerse cargo de una situación que es más bien estructural” concluye.
Un aspecto en que coincide la jefa de la Oficina de Cambio Climático de la Dirección Meteorológica, “la sequía es un evento extremo que es acumulativo, es decir, un año seco no se va a recuperar por un año lluvioso. Esto se va acumulando. Si ya llevamos diez años consecutivos de sequía, todos los impactos se van exacerbando. Hay que tomarlo con una perspectiva a futuro, de largo plazo, no en el momento. Nosotros no podemos estar sacando agua de una cuenca a la misma velocidad como lo hacíamos hace dos décadas atrás, donde las lluvias eran mucho más abundantes”.
Actualmente más del 70% del agua se gasta en los más de 300 mil predios agrícolas que existen en Chile. De hecho, para garantizar el consumo de agua humano, en Santiago y Valparaíso, se ha tenido que abastecer a las ciudades desde el río Maipo o el Aconcagua, que son fuentes utilizadas para la agricultura. Esta actividad económica, al igual que todas las otras, requiere de un permiso de aprovechamiento de agua si se quiere utilizar este recurso, ya que es de uso público.
Uno como privado puede adquirir derechos para utilizar el agua en actividades comerciales, ya que es considerada un bien de uso público por nuestro Código Civil y su derecho de propiedad está garantizado en nuestra Constitución. Existe el Código de Aguas, que regula este recurso. Esto es lo que se conoce como derechos de agua comúnmente.
“Estos derechos tienen una serie de atributos o características bien definitorias y particulares. Por ejemplo, existe constitucionalmente un derecho de propiedad privada del titular respecto a su derecho de aprovechamiento de agua» asegura Rivera. Algo que no ocurre en otros países, sólo en Chile.
«Otra característica es que los derechos de aprovechamiento de aguas no tienen una duración temporal, sino que se otorgan por toda la vida al titular y, si llega a fallecer, el derecho de aprovechamiento de aguas es transmisible a sus herederos, porque se aplican las reglas propias del Código Civil en esta materia. Entonces se pueden transmitir por sucesión por causa de muerte”, explica la directora del Centro de Gestión de Aguas UC.
A estas características se suman otras, como que el titular puede decidir si usa o no las aguas. “Si no usa esas aguas, hay una figura contemplada en la legislación que es la patente por no uso de aguas, que es un tributo respecto a aquella parte no utilizada de las aguas asociadas a un derecho, pero no significa que, si el titular no usa las aguas, pierde los derechos de aprovechamiento de aguas” complementa.
Los concesionarios mineros se les reconoce los derechos de aprovechamiento de aguas en aquellas que se hallaren en el ejercicio de su actividad y que sean necesarias para sus labores. Ahí se da por hecho el derecho de aprovechamiento de aguas.
La repartición de los caudales está en manos de asociaciones de usuarios de aguas, es decir, personas dueñas de derechos de aguas, los que se autoregulan. La DGA tiene facultades secundarias y excepcionales para interceder en este mercado, como los recursos de escasez.
En términos de faltas existen multas a los que saquen agua de manera ilegal o no utilicen parte del agua. En el año 2018, la ley 21.064 introdujo modificaciones a la fiscalización y sanciones y aumentó las multas de 20 a 2000 UTM, de un millón a cien millones de pesos, y reglamentó los procesos persecutorios, entregando mayores herramientas a la DGA, como que sus fiscalizadores pasen a ser ministros de fe.
“La Dirección de Aguas vio potenciada fuertemente sus potestades de fiscalización y sanción. Por lo tanto, hoy día está regulado todo el proceso de fiscalización, en más detalles, y se incrementaron fuertemente las multas por infracciones a la normativa de agua. Sin embargo, esa modificación legal no ha ido debidamente acompañada de un incremento presupuestario para el cumplimiento de las funciones de este importante organismo”, asegura Rivera.
“Uno dice, bueno… ¿cómo yo puedo fiscalizar 300 mil predios? Si tú tomas la cantidad de fiscalizadores que hay en la DGA y lo divides por eso… Claro… la probabilidad de que alguien te vaya a visitar en tu predio es casi un 1%, muy baja. ¿Y qué hizo el legislador? Dijo, yo reconozco que es muy poco probable que alguien sea sorprendido, así que le voy a poner una multa altísima”, cuenta el ex director de la Dirección General de Aguas.
“Nosotros en la DGA lo que hemos hecho es ser realistas y decir… Una fiscalización a pie, tendríamos que ser un ejército de fiscalizadores y es inviable… Entonces hemos innovado y desarrollado un sistema tecnológico, que permita fiscalizar a través de la teledetección. Básicamente, imágenes satelitales, que nos permiten mirar grandes extensiones del territorio”, complementa.
Pese a que el uso productivo del agua tiene regulación establecida en nuestras leyes, lo que aún no está regulado es el derecho al agua potable de las personas para sus necesidades, el que está garantizado sólo por tratados internacionales que Chile ha suscrito.
“Si bien no está reconocido de manera explícita ni en la Constitución vigente en nuestro país, ni tampoco en ninguna de las normativas inferiores, ya sea ley, reglamento u otra, sí existen normativas. Instrumentos ambientales internacionales que han declarado el acceso al agua potable como un Derecho Humano”, explica Daniela Rivera.
En 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Resolución 64/292, reconoció, explícitamente, el Derecho Humano al agua y saneamiento. Señalando este derecho como esencial para la realización de todos los otros. Chile suscribió el acuerdo y, desde entonces, nuestro consumo de agua debe estar garantizado por el Estado.
“No es agua para cualquier fin o propósito el que está protegido por este derecho, sino que es agua para uso personal y doméstico”, detalla Rivera.
La sequía ha obligado a personas a necesitar de tribunales para garantizar el consumo mínimo para su salud. Dos fallos de la Corte Suprema marcan los primeros precedentes en la materia. Ambos tienen que ver con recursos de protección. Uno interpuesto por una comunidad de Nogales en contra de una minera, el otro en Petorca, Cabildo y La Ligua para garantizar un consumo mínimo. En ambos casos, el máximo tribunal se amparó en el derecho internacional ya explicado y ordenó al Estado ser el responsable, de que las personas cuenten con al menos 100 litros diarios de agua para uso personal. Ambos casos son de 2021.
“A fines de 2020, frente a una consulta específica, la Contraloría también se pronunció sobre esto. Dijo, efectivamente son 100 litros diarios por persona, porque entienden que corresponde al mínimo sanitario para la salud de las personas, en el fondo» explica el profesor de Derecho de la Universidad de Chile, Luis Cordero, quien hace referencia al oficio 18.087 de la subsecretaría del Interior.
«Entonces el contexto en que nos encontramos, es desafiante por varios sentidos. La corte da un paso en esto, en la lógica de derecho, tiene un sistema institucional donde respaldar su decisión y, lo clave, es que, por segunda vez, ha vuelto a ordenar a la subsecretaría del Interior, que modifique un oficio para garantizar 100 litros”, complementa.
Con este escenario de sequía como una condición permanente, Chile retoma el debate constitucional, donde el agua ya está generando discusión. “El tema de acceso al agua potable es esencial, en el fondo. Las personas que tienen acceso, regularmente, a agua potable, no logran dimensionar lo que no es tener acceso o estar a la espera de camiones aljibe para eso, porque son 100 litros diarios por persona, entregados por un camión aljibe. No es que llegue a la llave de su casa” asegura el docente.
“Estamos en una situación en el mínimo, mínimo de condición sanitaria. Los umbrales de agua mínimos de dignidad y cómo se inserta el derecho de acceso al agua potable, es uno de los debates que va a ser bien relevante”, continúa.
El Centro de Derecho y Gestión del Agua UC estudió 92 constituciones de América, Europa y Oceanía, con el fin de saber, cómo es abordado el recurso hídrico. En sólo 10 países, se reconoce, expresamente, el acceso al agua para uso personal y doméstico, en 31 países, no hay referencia alguna sobre la materia.
Chile es el único que consagra, de manera explícita, la propiedad privada sobre los derechos de aprovechamiento de aguas en su carta magna. Otro de los grandes temas que generará debate en el proceso constituyente. “Hay que evaluar si la cláusula del derecho de aprovechamiento, como derecho de propiedad perpetuo se elimina o no se elimina de la Constitución. Ésa es una discusión que es bien importante, porque la discusión siguiente va a ser cómo hacemos gestión hídrica hacia adelante. La perpetuidad la podríamos gestionar, pero usted no necesita tenerlo en la Constitución, porque eso impide gestionar la escasez futura” opina Cordero.
“Es un tema país que nos tenemos que hacer cargo de una manera adecuada y con una visión integrada. Nosotros hemos tratado el agua desde una visión muy estilo estanco, muy separadas, parcial y no integradas. El agua cumple diversas y múltiples funciones. Representa también variados valores, por lo tanto, todas esas dimensiones y visiones, se tienen que considerar a la hora de construir una mejor regulación» añade la profesora Daniela Rivera.
El agua es vida, salud, tiene valores intrínsecos e importantes para el desarrollo de nuestro país de distintas perspectivas, para nuestros ecosistemas, medioambiente, para nuestra cultura. Lo que nos ha costado es ser capaces de integrar todas estas visiones, conectarlas y de generar consenso a partir de esa visión múltiple. Nos ha faltado esa visión más macro, más transversal, que sólo se consigue teniendo en consideración todas las visiones” complementa.
“Hay temas que tienen que ver con la equidad intergeneracional, porque la escasez hídrica también compromete no sólo la sociedad actual, sino que también las generaciones futuras. Y eso es clave, porque ahí hay una discusión estructural, de si la Constitución garantiza no sólo la equidad actual, sino que también la equidad intergeneracional y esa discusión que es sustantiva, que es importante, permite ordenar el resto de los debates. Son tiempos para pensar en la vida de tu hijo, nieto y los que vienen. Ésa es la perspectiva, no es el hoy” concluye Luis Cordero.