Tribunales: ¿Cómo funcionan y dónde tengo que ir?

Chile es un estado de derecho. Es decir, nosotros nos regimos por leyes. Los encargados de presentar proyectos de ley son el presidente y el Congreso. Una vez promulgadas, son los tribunales de justicia los que se encargan de hacer que las leyes se cumplan.

El Poder Judicial está estructurado a la cabeza por la Corte Suprema, que es el máximo tribunal y sus dictámenes no son apelables en Chile, siendo ésta la última instancia. Luego vienen las Cortes de Apelaciones, que son los tribunales encargados de velar por la justicia en cada una de nuestras 16 regiones. Son 17 en total, ya que la Metropolitana, por la cantidad de gente que vive, cuenta con las cortes de Santiago y San Miguel. Cada una de ellas tiene su territorio en específico, lo que se llama jurisdicción.

Las jurisdicciones de los tribunales

En cada una de las jurisdicciones, hay un sistema de tribunales de primera instancia. Estos son los tribunales de garantía y oral en lo penal, los juzgados civiles, laborales, de familia y de letras, que son aquellos que ven más de una materia y están en zonas rurales principalmente. El tribunal que a uno le corresponde dependerá del lugar donde sucedió el hecho o el domicilio de la persona y la materia que se trata.

Tribunales penales

Una es la penal que son todos los delitos descritos en el Código Penal y otras leyes. Esta materia es revisada por los tribunales de garantía y de juicio oral. Cuenta con otras instituciones, independientes del Poder Judicial y autónomas, que son la Fiscalía o también conocida como Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública.

La Fiscalía es la encargada de recibir las denuncias y formular cargos, lo que se realiza ante un tribunal de garantía, proceso que se llama formalización. Este tribunal cuenta con distintas herramientas para resolver el conflicto o, cuando corresponda, derivar el caso ante un Tribunal Oral en lo Penal, que tiene como gran diferencia que son 3 jueces y no 1, los que revisarán los antecedentes y resolverán. La Defensoría Penal Pública es la encargada de defender a los acusados. Robos, violencia, asesinatos y violaciones, son materias que se revisan en estos tribunales.

Tribunales civiles

Luego están los juzgados civiles, que ven todas las materias referidas al Código Civil y resuelven conflictos como el no pago de un arriendo, deudas varias, compensación económica por daño moral, herencias y otros. Ésta es la única materia que no se ha reformado, por lo que aún mantiene tiempos de espera no menor en los juicios. Algo que ya se está trabajando, pero que por años se viene dilatando.

Tribunales de familia

Otra materia de tribunales de primera instancia es la de familia, la que se creó en 2004. Estos juzgados son los encargados de decidir cosas como los divorcios, pensión de alimentos, tuición de niños y niñas, violencia intrafamiliar, entre otros. Por ejemplo, la retención de retiro del 10% de los fondos de la AFP por no pago de pensión alimenticia, es una labor que realizan los tribunales de familia, a lo largo de Chile.

Tribunales laborales

Por último, en el año 2008 se crearon los tribunales laborales, cuya misión es, básicamente, hacer cumplir el Código del Trabajo y resolver pugnas entre empleador y empleados. Que se paguen las cotizaciones, que las indemnizaciones sean las correctas, el derecho a huelga, fuero sindical, respeto por el post natal o acoso laboral, son materia de estos juzgados los que están diseñados de una manera que resguarde al trabajador, considerando que están en una posición de desventaja, en comparación a los empleadores.

Cortes de apelaciones y la Suprema

Una vez que se realice el juicio en primera instancia, las partes podrán presentar recursos para apelar en los tribunales superiores, es decir, primero la Corte de Apelaciones respectiva y luego la Suprema. Estos tribunales lo que deben revisar es si se aplicó correctamente el procedimiento, es decir la forma, que el proceso del juicio se haya cumplido, y también el fondo, que la interpretación de la ley sea la correcta y que la sentencia sea concordante con lo que dice la legislación. En ambos casos, pueden repetir un juicio, dictar una nueva sentencia o confirmar lo ya dictaminado por los tribunales de primera instancia. Una vez que la Corte Suprema se pronuncie sobre un tema, se entenderá que es una sentencia ejecutoriada y, por lo tanto, se tendrá que cumplir.

Otros tribunales

Es importante saber también que existen otro tipo de tribunales, como lo son los de Policía Local, los que ven temas a nivel municipal. Por ejemplo, si uno se estaciona mal en la calle o le sacan un parte por ruidos molestos, estos casos son vistos por esta instancia y no por los tribunales del Poder Judicial.

También existen otros tribunales especializados, como lo son los Ambientales, cuya labor se centra en que se cumpla con la normativa ambiental vigente o los tributarios y aduaneros, que son temas muy específicos.

Todos ellos conforman la red de tribunales de nuestro país que son los encargados de impartir justicia en sus materias correspondientes. Es importante también subrayar, que los jueces no están facultados para tomar decisiones a título personal, todo está reglado y estipulado, con el fin de que exista igualdad para todos, en términos de proceso.

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